La Dirección de Impuestos y Adunas Nacionales DIAN, expidió la Resolución 000013 de febrero 11 de 2021, mediante la cual implementa y desarrolla dentro del sistema de facturación electrónica, la funcionalidad del documento soporte de pago correspondiente a la Nómina Electrónica. (ver anexo)
La programación establecida por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN, en la que se indican los sujetos obligados que llevarán a cabo la generación y transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica conforme a lo señalado en la resolución citada y las notas de ajuste, se hará de acuerdo con los siguientes calendarios:
1) Calendario de implementación para sujetos de acuerdo con el número de empleados
Grupo |
Fecha de inicio habilitación en el servicio informático electrónico nómina electrónica. (DD/MM/AAAA) |
Fecha máxima para iniciar con la generación y transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica y de las notas de ajuste del documento soporte de pago de nómina electrónica. (DD/MM/AAAA) |
Intervalo en relación con el número de empleados |
|
Desde |
Hasta |
|||
1 |
31/05/2021 |
1/07/2021 |
Más de 251 |
|
2 |
1/08/2021 |
101 |
250 |
|
3 |
1/09/2021 |
11 |
100 |
|
4 |
1/10/2021 |
4 |
10 |
|
5 |
1/11/2021 |
2 |
3 |
|
6 |
1/12/2021 |
1 |
2) Calendario de implementación permanente:
Grupo |
Fecha de inicio habilitación en el servicio informático electrónico nómina electrónica. (DD/MM/AAAA) |
Fecha máxima para iniciar con la generación y transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica y de las notas de ajuste del documento soporte de pago de nómina electrónica. |
Otros sujetos |
1 |
Tendrán un plazo de dos (2) meses, contados a partir de la realización de los pagos o abonos en cuenta derivados de una vinculación laboral legal o reglamentaria y los pensionados a cargo del empleador, con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente resolución, para llevar a cabo el procedimiento de habilitación y proceder con la transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica y las notas de ajuste al citado documento. |
Los nuevos sujetos que deban generar el documento soporte de pago de nómina electrónica y las notas de ajuste al citado documento como soporte para la solicitud de costos y deducciones en el impuesto sobre la renta y complementarios e impuestos descontables en el impuesto sobre las ventas – IVA, cuando aplique. En este calendario se incluyen a aquellos sujetos que adquieren la obligación de facturar y corresponda a los sujetos del artículo 4 de la Resolución 000013 de febrero 11 de 2021. |
3) Calendario de implementación para sujetos no obligados a expedir factura electrónica de venta:
Grupo |
Fecha de inicio habilitación en el servicio informático electrónico nómina electrónica. (DD/MM/AAAA) |
Fecha máxima para iniciar con la generación y transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica y de las notas de ajuste del documento soporte de pago de nómina electrónica. (DD/MM/AAAA) |
Otros sujetos |
1 |
31/03/2022 |
31/05/2022 |
Los sujetos no obligados a expedir factura electrónica de venta. |